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Jueves, 18 de Abril del 2024
Sunday, 19 June 2016

Abierto el plazo para solicitar las ayudas para el transporte escolar correspondientes al curso 2016/2017

CLR/Concejalía de Educación.

El plazo expira el próximo 1 de julio.

Según informan fuentes de la Concejalía de Educación, el jueves, 16 de junio de 2016, ha aparecido publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, el  extracto de la Orden de 10 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2016-17. Dicha Orden está disponible en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página Web www.carm.es/educacion, apartado Promoción Educativa.

 

El plazo de presentación de solicitudes será del 17 de junio al 1 de julio, ambos incluidos. Una vez finalizado dicho plazo, los centros disponen de tres días hábiles para su envío a esta Consejería de Educación. Las solicitudes deberán formularse en modelo oficial que figura en la orden de convocatoria.

 

El padre. la madre o el tutor legal que firma la solicitud de la ayuda deberá ser titular o cotitular de la cuenta bancaria o cartilla de ahorros designada para que se transfiera el importe de la ayuda, no siendo necesario en esta convocatoria que sea titular o cotitular el propio alumno. A efectos de control del cumplimiento de los plazos de presentación de solicitudes, se deberá registrar la entrada de éstas en el centro, estampando el sello de registro de entrada en el que figure la fecha de presentación.

 

En el supuesto de que concurran en algún alumno circunstancias especiales que convenga tener en cuenta a efectos de concesión o cuantificación de la ayuda, como puede ser el hecho de que padezca limitaciones físicas de tipo motórico que dificulten su desplazamiento y obliguen a utilizar servicios de taxi u otros de esta índole, deberán hacerse constar en el espacio destinado para ello en la solicitud.

 

La solicitud debe ir acompañada del documento facilitado por la entidad bancaria correspondiente en el que conste el código IBAN completo con los 24 dígitos de la cuenta o cartilla en la que se desea que se abone el importe de la ayuda, del que deberá ser titular o cotitular el padre, la madre o el tutor que firma la solicitud. Esta cuenta deberá mantenerse abierta hasta que se reciba el pago de la ayuda.

 

En el caso de que el solicitante se considere acreedor de una ayuda superior a la establecida con carácter general de acuerdo con lo previsto en el apartado tercero de esta orden, se deberá aportar la documentación justificativa que sea procedente en cada caso. No es necesario en esta convocatoria que se aporte fotocopia del DNI/NIE/NIF del padre, la madre o el/la tutor/a que formula la solicitud, siendo suficiente que se consigne correctamente ese dato en el espacio correspondiente de la solicitud y que figure en el documento bancario indicado en el párrafo anterior.

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