Dos años después y tras hacer su reclamación sobre los derechos del dinero hallado, la Policía Local de Cieza ha hecho entrega del mismo a la señora que lo encontró al no haber sido localizado su anterior dueño.
Según fuentes policiales, el modo de proceder ante el hallazgo de cualquier cosa está, al contrario de lo que pudiera pensarse, perfectamente regulado. El artículo 615 del Código Civil, establece que “el que encontrare una cosa mueble, que no sea un tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor”. Si este no fuera conocido, aclara, se deberá consignar “inmediatamente en poder del alcalde”. Solo después de dos años sin que nadie lo haya reclamado, podrá adquirir su propiedad o el valor equivalente.
Policía Local recuerda que adueñarse de los objetos encontrados, además de ser un comportamiento incívico, puede ser un delito. El artículo 254 del Código Penal castiga a quien “se apropiare de una cosa mueble ajena”. La consecuencia es una pena de multa, que se eleva a delito de prisión en caso de que el importe supere los 400 euros.